La base social de AMEI son las Empresas de Inserción que libremente decidan incorporarse, así como aquellas entidades sociales que, o bien porque son promotoras de empresas de inserción, tienen intención de poner en marcha una iniciativa o compartan los fines de AMEI. Las Empresas de Inserción pueden ser socios numerarios y las entidades sociales solamente pueden optar a integrarse como socios colaboradores.
Las diferentes tipologías de entidades asociadas se especifican en los estatutos de AMEI, con sus derechos y obligaciones.
Puede formar parte de AMEI:
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Como socio numerario, toda Empresa de Inserción que, previa solicitud a la Junta Directiva, acredite:
- Tener como objetivo primordial la inserción sociolaboral de personas y colectivos en situación de exclusión social a través de procesos personalizados de orientación, acompañamiento, formación y trabajo.
- Ejercer su actividad social, con carácter habitual, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid.
- Aceptar los principios éticos y criterios definidos en el Reglamento de Régimen Interno de AMEI.
Como socio colaborador, toda Entidad Social que, previa solicitud a la Junta Directiva, acrediten los mismos extremos que se solicitan para las empresas de inserción.
Las solicitudes deben presentarse por escrito, avaladas por al menos dos entidades o empresas de inserción miembros de AMEI, y deben ser acompañadas por los siguientes documentos:
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Copia de sus Estatutos.
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Documentación acreditativa de la inscripción en el Registro correspondiente.
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Certificación del acuerdo tomado por el órgano competente donde exprese su deseo de formar parte de AMEI, según sus propios Estatutos.
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Presentación del impreso de "SOLICITUD DE ADMISIÓN EN AMEI", debidamente cumplimentado, con sus respectivos anexos.
Para solicitar su incorporación y para más información las Entidades Sociales y Empresas de Inserción interesadas deben ponerse en contacto con la SECRETARÍA TÉCNICA de AMEI.